Se dará inicio a la brevedad a los procedimientos pertinentes para ponderar la pertinencia y utilidad de reformar, incrementando, incluso, si fuere necesario, los niveles de exigencia aplicables a los distintos elementos, gases o compuestos producidos en las diferentes fuentes presentes en la Bahía de Quintero, Ventanas y Puchuncaví, las normas de emisión, de calidad ambiental y demás que resulten aplicables a la situación de contaminación de la mentada Bahía.
De acuerdo al D.S. N°38 de 2012 que aprueba el reglamento para la dictación de normas de calidad ambiental y de emisión; y al artículo 7° quinquies de la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente, indican, entre otros, que se debe definir un Programa de Regulación Ambiental (PRA) bianual que contenga los criterios de sustentabilidad y prioridades programáticas en materia de políticas, planes, normas y otros instrumentos de gestión ambiental e indica además que la revisión de normas se debe hacer al menos cada 5 años.
Dentro de los instrumentos que se pueden destacar como de interés para la zona CQP, en los PRA desde 2019, encontramos los siguientes:
- PRA 2018-2019 como nueva normativa la NPCA SO2 horaria y revisión de NPCA MP10, SO2 anual y diaria. Además de la elaboración del PPDA de CQP
- PRA 2020-2021 indicaba como nueva norma la NPCA para COVs y NSCA para la protección de las aguas y sedimentos de la bahía de Quintero – Puchuncaví, continuación de la revisión de NPCA MP10.
- PRA 2022-2023 indicaba como nueva norma la NPCA de Arsénico, norma de emisión (NE) de Calderas y continuación de NPCA COVS-Benceno. Continuación de NSCA para aguas y sedimentos de la bahía de Quintero. Revisión de NE Fundiciones de Cobre y fuentes emisoras de Arsénico, NE Centrales termoeléctricas, NPCA MP2,5, NPCA NO2.
De acuerdo al compromiso del Estado en materia de medio ambiente, el MMA definió metas e indicadores para el seguimiento de los procesos de los diferentes instrumentos, para instrumentos nuevos o en revisión, en caso en que los plazos de tramitación excedan o concluyan dentro del bienio. Pues existen casos que la tramitación del proceso no se logre dentro de 2 años y continúe en el periodo siguiente.
En la revisión o inicio de cada normativa se considerarán los antecedentes para evaluar la aplicación de escenarios más exigentes en cuanto a niveles de contaminantes. Adicional a esto, el MMA se encuentra implementando una política de Estado que busca entregar los lineamientos que permitan avanzar gradualmente en la revisión y elaboración de las normas de calidad y emisión, al corto, mediano y largo plazo, en el horizonte 2025-2050, con vistas a regulaciones acordes a la realidad chilena, para un mejoramiento sostenido de la calidad del aire en Chile, orientado a proteger la salud de la población, la protección o la conservación del medio ambiente y aportar a la mitigación del cambio climático.
El detalle de esta estrategia se puede revisar en el siguiente link Estrategia – Normas (mma.gob.cl).
El PRA 2024-2025 establece como nueva normativa NE para COVs y continuación de NE de calderas y NPCA para suelo. Revisión de NPCA y NSCA SO2, NPCA O3, PPDA CQP y continuación de NE para centrales hidroeléctricas, y fundiciones de cobre y fuentes emisoras de arsénico, NPCA MP2,5, NPCA CO, NPCA Pb y PRAS CQP.
El estado de los instrumentos en revisión, según el portal planesynormas.mma.gob.cl, es el siguiente:
- NPCA MP2,5. En abril 2024 se envía copia del anteproyecto para revisión por parte del Consejo Nacional para la Sustentabilidad y el Cambio Climático.
- NPCA SO2, DS 104/2018. Se solicita ampliar plazo para elaboración del anteproyecto, el cual es aprobado para entrega en julio 2025.
- NPCA O3, DS 112/2002. Se solicita ampliar plazo para elaboración del anteproyecto, el cual es aprobado para entrega en julio 2025.
- NPCA Pb, DS 136/2001. Se solicita ampliar plazo para elaboración del anteproyecto, el cual es aprobado para entrega en julio 2025. En agosto 2024 se constituye Comité Operativo Ampliado.
- NPCA CO, DS 115/2002. Se solicita ampliar plazo para elaboración del anteproyecto, el cual es aprobado para entrega en julio 2025.
- NSCA SO2, DS 22/2009. Se solicita ampliar plazo para elaboración del anteproyecto, el cual es aprobado para entrega en julio 2025.
En febrero 2024 se remite para firma el DS que establece la NPCA para Arsénico. Actualmente se encuentra ingresada en Contraloría General de la República a la espera de ser aprobada y publicada.
Adicional a todo lo anterior, se encuentra en revisión el PPDA de CQP, donde se espera evaluar y ajustar los niveles de cumplimiento y la posibilidad de aplicar medidas más estrictas.