Trigésimo Segundo

Que, así, en salvaguardia del principio preventivo el Ministerio del Medio Ambiente complementará el PPDA para las comunas de Concón, Quintero y Puchuncaví, incorporando:

  1. La consideración, para todos los fines a que hubiere lugar, de las mediciones, antecedentes y datos que se encuentren en poder de la autoridad ambiental, anteriores y posteriores al trienio 2015 a 2017, hasta la época más próxima a la emisión del acto complementario, inclusive.

En la revisión y actualización del PPDA se considerará el análisis consolidado de toda la información, según disponibilidad. Con respecto al análisis del trienio 2015-2017, el Dpto Redes de Monitoreo preparó un documento con el análisis de los antecedentes anteriores y posteriores al periodo solicitado, dando respuesta a esta sentencia.

  1. La confección de un inventario de emisiones de NO2 y SO2, en tanto agentes precursores del material particulado, seguido de un plan de reducción de emisiones de estos contaminantes, proporcional al diseñado respecto del MP2,5 y MP10.

Con respecto a esta medida, se encuentra disponible el inventario de emisiones 2024, de acuerdo a lo establecido en los artículos 32 y 52 del PPDA (D.S. N°105/108 MMA). https://ppda.mma.gob.cl/wp-content/uploads/2024/05/INVENTARIO-EMISIONES-2024.pdf

Sin desmedro de lo anterior, y en virtud de la revisión y actualización del PPDA, se elaborará un nuevo inventario que incluya todas las fuentes y se considera abarcar el mayor número de contaminantes, no sólo NO2 y SO2. Este nuevo inventario se encuentra contenido dentro del estudio denominado: “ESTUDIO DE ANTECEDENTES PARA LA REVISIÓN DEL PPDA DE CONCÓN, QUINTERO Y PUCHUNCAVÍ Y ACTUALIZACIÓN DEL INVENTARIO DE EMISIONES PARA LAS COMUNAS DE CONCÓN, QUINTERO Y PUCHUNCAVÍ”, ID N°608897-57-LP24, el cual se encuentra en ejecución desde junio 2024.